CONCURSO DE ARTE “PROPUESTAS”

CONCURSO DE ARTE “PROPUESTAS” XXII
Premios: Exposición
Fecha apertura: 30 nov de -0001, 00:00
Fecha límite: 29 oct de 2018, 23:59
Participantes: Desde 18 Hasta 35 años. Nacional
Obra: máx. obras: 7

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Bases

     XXII CONCURSO DE ARTE “PROPUESTAS”

La Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante, con la finalidad de fomentar la creación artístico-plástica de la juventud, programa y organiza muestras expositivas de creación de jóvenes artistas.

Por ello y con el propósito de que se cumplan los principios de objetividad, publicidad y libre concurrencia en la Programación de Exposiciones organizadas  por el Departamento de Juventud durante el año 2018, se convoca Concurso Público, de acuerdo con las siguientes:

BASES:

  1. PARTICIPANTES:

A1.- Podrán concurrir a este concurso todos los/las jóvenes artistas, nacidos/as o residentes en el territorio nacional y que a fecha 31 de Diciembre del 2018, tengan entre 18 y 35 años de edad.

A2.- Se podrá concurrir de manera individual o colectiva. En este último caso, sólo se aceptarán obras de realización y firma conjunta o proyectos de exposiciones colectivas de obras individuales.

  1. REQUISITOS:

El/la artista deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Ficha de inscripción debidamente cumplimentada.
  2. Curriculum vitae.
  1. Fotocopia del D.N.I.
  2. Proyecto expositivo, con siete fotografías (mínimo) de las obras a exponer, con indicación de las medidas y la técnica utilizada.
  3. Características del montaje y necesidades técnicas.
  1. Cualquier otra documentación que considere pertinente para la mejor valoración de su obra. En el caso de documentos en soporte informático, se adjuntará una copia en papel.
  2. En caso de exposición colectiva los datos serán cumplimentados por un/a representante del mismo proyecto expositivo, quién deberá presentar un documento que acredite dicha representación.

        Si se observa la falta de parte de la documentación a presentar, se le comunicará al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

  1. INSCRIPCIONES:

C.1.-La documentación exigida en el apto. B, se podrá presentar por cualquiera de los

medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, si se optara por presentarla a través de las Oficinas de Correos, los gastos correspondientes irán a cuenta del participante.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante hasta el 26 de octubre de 2018 a las 13,00 h.

La convocatoria se publicará además en la página web del Ayuntamiento de Alicante, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Una vez finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida, la Concejalía de Juventud, el día 5 de noviembre publicará un anuncio en la página web municipal con la lista de admitidos/as y excluidos/as al concurso.

  1. JURADO

El Jurado será nombrado por la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Alicante y estará compuesto por:

    1. Presidenta/e: Sr./a. Concejal/a de Juventud o persona en quién delegue.
    2. Un/a representante del Consejo de la Juventud de Alicante.
    3. Cuatro vocales de reconocido prestigio en el mundo del arte.
    4. Secretario/a: Un/a técnico/a de la Concejalía de Juventud.

Las personas que componen el Jurado, que no sean funcionarios de la administración local ni ostenten cargo público, percibirán una cantidad única de 70 € por su participación global en todas las sesiones del Jurado, que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 64-3341- 22699 del presupuesto municipal de 2018, con una previsión de gasto total por este concepto de 280,00 €, debiendo efectuar la oportuna retención de crédito

  1. FALLO:

E1.- El Jurado seleccionará a un máximo de 8 proyectos expositivos para la organización y programación de las correspondientes exposiciones durante el 2019 y otras dos en lista de reserva para atender cualquier imprevisto.

La Concejalía de Juventud, en el caso de que el Jurado seleccione un número menor de artistas, se reserva el derecho a seleccionar a aquellos/as que considere oportuno para cubrir el total de las exposiciones previstas.

E2.- El fallo del Jurado será dado a conocer a todos los/las participantes en la Convocatoria mediante la publicación del mismo en la BDNS, en el Tablón del Centro 14 y en los medios de difusión utilizados por la Concejalía de Juventud (web, redes sociales). A los/las artistas seleccionados/as se les notificará personalmente y se les convocará a una reunión para informar sobre fechas, seguro y condiciones del montaje. El fallo será inapelable.

  1. ORGANIZACIÓN DE LAS EXPOSICIONES

La Concejalía de Juventud, fijará las fechas en las que se realizará tanto la exposición colectiva, como cada una de las exposiciones individuales de cada uno de los/las seleccionados/as.

  1. OBLIGACIONES DE LA CONCEJALÍA DE LA JUVENTUD:

G1.- La Concejalía de Juventud se compromete a:

  1. Realizar la difusión publicitaria de las exposiciones, que será la misma para todos/as.
  2. Realizar, con la presencia del/de la artista, el montaje y desmontaje de las exposiciones.
  3. Asegurar las obras que integran la exposición, durante el tiempo que permanezcan en el CENTRO 14 (limitando éste a 48 horas antes y después de las horas de inauguración y

clausura, respectivamente).

  1. Mantener las exposiciones abiertas al público en la Sala del Centro 14 o espacio expositivo que determine el Departamento de Juventud, durante un plazo no inferior a dos semanas cada una.
  2. La Concejalía de Juventud se reserva el derecho a elaborar una Guía Didáctica correspondiendo con la Exposición colectiva u otras individuales.
  3. En la muestra expositiva, la Concejalía de Juventud se reserva el derecho de exponer aquélla obra que no haya sido seleccionada por el jurado.
  4. La Concejalía de Juventud otorgará 350 € por artista o grupo seleccionado en concepto de producción y transporte. El pago se realizará mediante transferencia bancaria y se imputará con cargo a la partida presupuestaria 64-3341-48104 del presupuesto municipal de 2018, para el cual se ha de realizar la correspondiente retención de crédito. A este respecto, los/as seleccionados deberán cumplimentar el documento de Alta a Terceros, ya que deberán estar debidamente dados de alta en el Registro de Alta a Terceros del Ayuntamiento de Alicante, para lo cual deberá cumplimentar el formulario confeccionado al efecto comunicando el IBAN correspondiente.

           h) El Departamento de Juventud, adquirirá una obra que será seleccionada por el Jurado entre los ocho proyectos expositivos seleccionados y formará parte de la colección de arte de la Concejalía de Juventud y del Inventario del Ayuntamiento de Alicante. No superará los 300 € (IVA INCLUIDO). Dicho gasto se realizará en la anualidad de 2018 con cargo a la partida presupuestaria 64-3341-22699 del presupuesto municipal de 20187. para el cual se realizará la correspondiente retención de crédito.

G2.- A los efectos de lo dispuesto en el punto G1, la Concejalía de Juventud, como difusora del material publicitario, se reserva el derecho de ampliar, acortar o modificar los textos o fotografías que les sean entregados.

  1. OBLIGACIONES DE LOS/LAS ARTISTAS SELECCIONADOS/AS

El/la artista se compromete a:

  1. Entregar con 20 días de antelación a la fecha de inauguración, como mínimo, el material para confeccionar un catálogo virtual (fotografías y textos) que se colgará en la web y en las redes sociales de la Concejalía de Juventud.
  2. Entregar una relación de las obras que habrán de integrar la exposición indicando sus dimensiones, técnica, título y precio a efectos de poder asegurar las mismas, con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de inauguración, que en ningún caso podrá exceder de los 12.000.- €.
  3. Estar presente en el montaje y desmontaje de la exposición.
  4. Entregar la obra con 48 horas de antelación a la inauguración de la exposición y, a retirarla a las 48 horas después de su finalización, y a mantenerlas en el CENTRO 14, durante el tiempo que permanezca la exposición abierta al público.
  5. Cumplimentar y remitir a la Tesorería Municipal el documento de alta a tercero, en el plazo de los 10 días siguientes de la decisión del jurado.
  6. Retirar la obra una vez terminada la exposición en un plazo máximo de 15 días, transcurrido este tiempo sin que se hay producido la retirada, la Concejalía se reserva el derecho de uso sobre la obra.
  7. En el caso de proyectos de exposición que requiera medios audiovisuales, se entiende que los mismos forman parte de la exposición y, en consecuencia, serán aportados por el/la artista en caso de ser seleccionado..

El incumplimiento de los plazos señalados en la presente base puede dar lugar a la cancelación de la exposición.

    1.  OTRAS DISPOSICIONES

1.- La documentación de las personas participantes no seleccionados/as podrá ser retirada, a costa del interesado/a, dentro de los 15 días siguientes a la resolución del concurso. Los proyectos que no sean retirados, serán destruidos sin más trámite.

2.- Cualquier hecho no previsto en estas Bases, o duda sobre la interpretación de las mismas, será resuelta a criterio de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alicante o, en su caso, por el Jurado nombrado por la misma.

3.- El Ayuntamiento se reserva el derecho a utilizar las fotografías realizadas a las obras de los/as artistas seleccionados/as, en los actos efectuados con motivo del presente Certamen, como material informativo de la Concejalía de Juventud.

4.- La Concejalía de Juventud, en la medida de sus posibilidades, realizará las gestiones oportunas para que los/as artistas seleccionados/as puedan exponer sus proyectos en otras Salas o Galerías de Arte.

5.- Ante cualquier imprevisto que se pueda presentar y no se pueda exponer en la Sala de Exposiciones del Centro 14, el Departamento de Juventud realizará las gestiones oportunas para poder utilizar otro espacio expositivo.

6.- La participación en la presente convocatoria implica aceptar todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases.

7.- Los participantes deberán aportar declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme se establece en el art. 24 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones

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