PREMIO CIUTAT DE PALMA MIQUEL DELS SANTS OLIVER DE PERIODISMO 2022
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Bases
PREMIO CIUTAT DE PALMA MIQUEL DELS SANTS OLIVER DE PERIODISMO 2022
El Ayuntamiento de Palma convoca el Premio Ciutat de Palma de Periodismo con el fin de estimular el periodismo de investigación y promover, fomentar y reconocer la labor de los/las profesionales del periodismo que trabajan para sacar a la luz información relevante.
1. Premio
El Premio está dotado con 3.000 € y es único e indivisible.
2. Participación
Puede optar al Premio cualquier profesional del periodismo mayor de edad y de cualquier nacionalidad.
3. Obras
Los trabajos que concursen deben ser en catalán y deberán tener como eje la ciudad de Palma en cuanto a la temática o el marco de incidencia. Pueden haber sido realizados por un/a solo/a autor/a o por varios/as autores/as, que serán considerados/as coautores/as. En cualquier caso, cada autor/a podrá presentar un máximo de tres obras.
Se pueden presentar artículos, series de artículos, reportajes y/o trabajos de fotoperiodismo, publicados en prensa impresa o digital, publicaciones periódicas, radio o televisión y blogs u otros canales digitales entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
Las personas participantes asumen la autoría de sus obras y se comprometen a no presentar materiales audiovisuales, fonográficos y de imagen sobre los que no dispongan de derechos de uso debidamente acreditados. En todo caso, son responsables de las posibles reclamaciones de derechos por parte de terceros en relación con sus obras.
Los trabajos participantes podrán ser presentados a otros concursos. En todos los casos, los/las autores/ras deberán informar de la obtención de distinciones previas (accésits, menciones honoríficas, etc.) para los presentados en este concurso.
En todo caso, el/la autor/a o autores/ras se comprometen a declarar expresamente que la obra ha sido "ganadora del Premi Ciutat de Palma Miquel dels Sants Oliver de Periodisme 2022" en todos los medios digitales y/o publicaciones en las que se mencione.
4. Documentación y envío de las obras
El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 14 de octubre de 2022 a las 23:59 horas (hora peninsular española).
Los trabajos deberán presentarse a través de la plataforma www.mundoarti.com, rellenando el correspondiente formulario con los datos de carácter personal, y deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Archivos en papel: en formato PDF (menos de 5 MB).
- Archivos visuales: en formato JPEG (menos de 5 MB).
- Archivos audiovisuales o de sonido: en formato MP3 o MP4 de un tamaño máximo de 25 MB o un enlace web utilizando las plataformas YouTube o Vimeo donde se pueda visualizar sin contraseñas o indicándolas en el apartado "Descripción".
También debe adjuntarse un breve currículum en el que se indique la trayectoria profesional del/de la autor/a o autores/ras; así como indicar la titularidad de la obra que presentan.
Una vez presentada la obra al Premio, el/la autor/a o autores/ras no podrán retirarla para realizar correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.
5. Jurado
El jurado estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo del periodismo, designadas a propuesta del Consejo Municipal de la Cultura, y una persona de la Concejalía de Cultura, con voz y sin voto, para actuar como secretario/a; se procurará que su composición sea paritaria. La composición del jurado se hará pública antes de la fecha límite para la presentación de las obras.
El funcionamiento del jurado se ajustará a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si alguno de los miembros del jurado es consciente de alguna causa de abstención, deberá renunciar a formar parte de éste.
Dependiendo del número de obras presentadas se podrá designar un prejurado.
El jurado actuará con libertad y discrecionalidad, y evaluará la calidad periodística y narrativa de las obras, el enfoque original y el equilibrio de los recursos disponibles y el resultado final. Deberá resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Intentará tomar las decisiones por consenso. De lo contrario, se seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una determinada obra, que será la ganadora. Su veredicto será inapelable.
6. Entrega del Premio
El Premio se entregará el 20 de enero de 2023, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona o personas ganadoras no pueden asistir, pueden delegar la recogida.
7. Normativa fiscal
El Premio está sujeto a la normativa fiscal vigente.
Antes de la propuesta final de adjudicación, la persona o personas premiada/s deberá/n presentar a través del Registro del Ayuntamiento de Palma:
- Fotocopia del DNI o documento identificativo correspondiente.
- Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificado de la Agencia Tributaria Estatal que acredite que está al corriente en lo que respecta a sus obligaciones tributarias.
- Certificado de la Agencia Tributaria de les Illes Balears que acredite que está al corriente en lo que respecta a sus obligaciones tributarias.
- Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (Anexo I).
- Declaración responsable de no estar afectada por ninguna de las prohibiciones establecidas por el art. 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de la CAIB, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni es culpable en procedimientos de cobro mediante vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (Anexo I).
- Si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país en cuestión, que acredite su residencia fiscal.
- Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita el ingreso de la subvención (Anexo II).
Los anexos se pueden descargar de la web del Ayuntamiento, sección Subvenciones.
8. Instrucción y resolución
La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura de la Concejalía de Cultura y Bienestar Social. A la vista de la decisión del jurado, el instructor formulará la propuesta de resolución, que se elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Prescindirá del procedimiento de audiencia, de conformidad con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá ser superior a seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras. La resolución será notificada a los ganadores, de conformidad con el art. 45 de la mencionada Ley 39/2015.
9. Régimen jurídico
Para todo aquello que no prevean estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de la normativa aplicable.
Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.
10. Asignación presupuestaria
Para hacer frente a las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión del Premio de esta convocatoria, se reserva el importe total de 3.000 €, con cargo a la partida 03.33420.48100 del Presupuesto de Gastos 2023.
11. Aceptación e interpretación de las Bases
Participar en el Premio Ciutat de Palma de Periodismo significa aceptar las presentes Bases y el consentimiento para el tratamiento de los datos personales.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados por los participantes quedan incorporados a ficheros titularidad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo al que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros reconocidos por esta Ley es la Concejalía de Cultura y Bienestar Social.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases puede ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.
El Jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.
Cualquier caso no previsto en las presentes Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.
Para consultas sobre las Bases os podéis dirigir al Negociado de Cultura (Tel. 971225900, ext. 1330, c/e: negcultura@palma.cat). Para consultas técnicas sobre cómo funciona la plataforma, podéis contactar con contacto@mundoarti.com, Tel. 960707763.
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