PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE NOVELA 2023 - LLORENÇ VILLALONGA DE NOVELA, EN CATALÁN

PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE NOVELA 2023 - LLORENÇ VILLALONGA DE NOVELA, EN CATALÁN
Premios: 26.000 euros
Fecha apertura: 05 ago de 2023, 01:00
Fecha límite: 06 oct de 2023, 23:59
Participantes: Desde 18 años. Internacional
Obra: mín. páginas: 150; máx. páginas: 300;

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

PREMIOS CIUTAT DE PALMA DE NOVELA 2023

-LLORENÇ VILLALONGA DE NOVELA, EN CATALÁN-

 

 

El Ayuntamiento de Palma convoca los premios Ciutat de Palma de Novela, que tienen como finalidad apoyar a la creación literaria y reconocer la tarea de los/las escritores/as.

 

1. Premio

El premio tiene dos modalidades:

  • Llorenç Villalonga de Novela, en catalán, dotado con 26.000 euros
  • Camilo José Cela de Novela, en castellano, dotado con 26.000 euros

 

Los premios y su dotación son indivisibles.

Una vez concedido el premio el Ayuntamiento de Palma acordará con la persona premiada la publicación de la obra. Así mismo, para facilitar la edición y la distribución se podrá ceder el derecho de publicación a una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente y firmará un contrato de edición con el/la autor/a. En la edición de la obra deberá mencionarse que ha sido ganadora del Premi Ciutat de Palma y el año.

En ningún caso la dotación económica del Premio se entenderá en concepto de adelanto de derechos de autor.

 

2. Participación

El premio está abierto a cualquier persona mayor de edad que quiera participar.

 

3. Obras

Las obras que concursen deben ser originales, inéditas y de temática libre. Deben tener una extensión de entre 150 y 300 páginas con formato DIN A4, en doble espacio (fuente Times New Roman, cuerpo 12) y con márgenes de 2 cm.

En el documento de la obra que se presente al concurso no puede haber ninguna referencia o información de la cual se pueda extraer su autoría, en caso contrario, la obra será descartada.

La presentación de una obra implica que el autor/a no tiene comprometidos los derechos de edición, que no ha sido presentada a ningún otro concurso pendiente de adjudicación y que no ha sido galardonada con anterioridad.

 

4. Documentación, remisión y características de las obras

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 6 de octubre de 2023, a las 23.59 h (horario español peninsular).

Las obras deben enviarse en formato PDF (inferior a 5 MB) a través de la plataforma web www.mundoarti.com, rellenando el formulario correspondiente con los datos personales (nombre, dirección, dirección electrónica, teléfono...). La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación.

Una vez presentada la obra al Premio el/la autor/a no podrá retirarla para hacer correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.

La administración no se hará responsable de la presentación de obras a una categoría que no le corresponda.

En el momento de inscribirse al concurso, además de toda la documentación y datos que se puedan requerir, también se firmará una declaración jurada sobre la veracidad de la información dada.

 

5. Jurados

Los jurados estarán formados por un máximo de cinco personas cada uno, de reconocido prestigio vinculadas al mundo de la literatura y una persona de la Concejalía, con voz y sin voto, para que actúe de secretario/aria; se procurará que su composición sea paritaria. La composición del jurado se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de las obras.

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si alguno de los miembros de los jurados es consciente de alguna causa de abstención, deberá renunciar a formar parte de éste.

En función del número de obras presentadas se podrá nombrar un prejurado.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Valorará la calidad literaria de las obras, como por ejemplo el rigor del texto, la solidez de la construcción, su carácter innovador, la coherencia entre las intenciones implícitas que revela el texto y los resultados que logra u otros criterios que determine.

Deberá resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Intentará tomar las decisiones por consenso. En caso contrario se seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una obra determinada, que será la ganadora. Su veredicto será inapelable.

 

6. Entrega del Premio

El premio se entregará el 20 de enero de 2024, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona ganadora no puede asistir podrá delegar la recogida.

 

7. Normativa fiscal

Los Premios están sujetos a la normativa fiscal vigente.

La persona o personas galardonada/s, antes de la tramitación del pago del importe del premio, deberá/n presentar a través del Registro del Ayuntamiento de Palma:

  1. Fotocopia del DNI o del documento de identificación correspondiente.
  2. Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
  4. Certificado de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
  5. Declaración responsable que está al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (anexo I).
  6. Declaración responsable de no estar afectada por ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, aprobada por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni ser culpable en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (anexo I).
  7. Si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país en cuestión, que acredite su residencia fiscal.
  8. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita que se ingrese la subvención (anexo II).

Los anexos se podrán descargar del web del Ayuntamiento, apartado Subvenciones.

 

8. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura. A la vista de la decisión del jurado, el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras.

La resolución solo se notificará a las personas premiadas y se hará pública en la web del Ayuntamiento de Palma.

 

9. Régimen jurídico

Para todo aquello que no prevean estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local; el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de Capitalidad de Palma; las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, y el resto de normativa aplicable.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

 

10. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del premio de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 52.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.33420.48100 Premis Ciutat Palma.- Premis, del Presupuesto de Gastos de 2024.

 

11. Aceptación e interpretación de las Bases

La participación en el Premio Ciutat de Palma de Novela implica la aceptación de las presentes Bases y la autorización para el tratamiento de los datos personales.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados por los participantes se incorporan a ficheros titularidad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca dicha Ley es la Concejalía de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Cultura (tel. 971225900, ext. 1330, a/e: negcultura@palma.cat).

Para consultas técnicas sobre el funcionamiento de la plataforma contactar con contacto@mundoarti.com, tel. 960707763.

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