XVIII BIENAL DE ESCULTURA PEÑA DE MARTOS

XVIII BIENAL DE ESCULTURA PEÑA DE MARTOS 18
Premios: 6.000 euros
Fecha apertura: 10 mar de 2022, 00:00
Fecha límite: 03 jun de 2022, 23:59
Participantes: Desde 18 años. Internacional
Obra: máx. obras: 1

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Bases

 

XVIII BIENAL DE ESCULTURA PEÑA DE MARTOS

                                                     

Artículo 1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es reconocer el mérito a la creación escultórica mediante la distinción de la obra inédita de un autor internacional. Con esta bienal, el Excmo. Ayuntamiento de Martos pretende favorecer, ayudar y promocionar el trabajo de artistas escultores en activo, dando cabida a todo tipo de propuestas innovadoras y representativas de las últimas tendencias.

Las bases de dicha convocatoria, correspondientes al año 2022, para el procedimiento de concesión del XVIII Bienal de Escultura Peña de Martos, tienen un régimen de concurrencia competitiva y en ella se aplican los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de conformidad con la Disposición Adicional Décima de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.

 

Artículo 2.- Participantes.

Podrán participar en la bienal todas las personas físicas mayores de edad que lo deseen, siempre que sean nacidos o residentes en la Unión Europea. El hecho de participar en esta convocatoria supone, por parte de los autores, la conformidad absoluta con las presentes Bases y la renuncia a cualquier reclamación.

No podrán concurrir:

  • Aquellas que hubieran obtenido el premio en ediciones anteriores a esta convocatoria.
  • Aquellas personas que hubiesen obtenido cualquier otro premio por la misma obra que se presenta al XVIII Bienal de Escultura Peña de Martos.
  • Aquellas que cumpliendo con los requisitos específicos de participación establecidos en estas bases, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

 

Artículo 3.- Presentación de solicitudes, plazo y lugar.

El plazo de admisión y recepción de las obras comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Jaén, siendo la fecha límite las 23:59 horas del día 3 de junio de 2022.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo anteriormente establecido no serán admitidas en la presente convocatoria.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las obras serán presentadas por sus autores, vía telemática, a través de la página web www.mundoarti.com, rellenando la ficha técnica y adjuntando la documentación que se relaciona en el artículo 4 de la presente convocatoria.

 

Artículo 4.- Documentación y presentación de los trabajos.         

Los artistas tendrán completa libertad en cuanto al material, técnica y tendencias estéticas. El tema tendrá que versar sobre el homenaje a “todo el personal esencial, el voluntariado y las víctimas de la pandemia del COVID-19 en nuestra ciudad”, tal y como se acordó en la Sesión Plenaria del 28 de mayo de 2020. El tamaño de la maqueta no podrá exceder los 80 cm en su lado mayor y los 30 kg de peso, se presentará en soporte sólido para su correcta exposición y valoración. La escultura, a tamaño real, no excederá las medidas de un paralelepípedo 2 x 2 metros de ancho/largo y hasta 2,5 metros de altura, incluida la base. Podrá adquirir cualquier configuración deseada por el autor, pero deberá quedar inscrita en un volumen de las medidas enunciadas anteriormente. La escultura será exenta, es decir, que no irá adosada, dado que su destino es un espacio abierto. Teniendo en cuenta que la escultura definitiva, a tamaño real, será ubicada a la intemperie, se deberán utilizar materiales que, a largo plazo, no se deterioren y resistan su exposición al exterior. La ubicación designada por la organización será la rotonda junto al Centro de Salud de Martos, en la Avda. Príncipe Felipe.

En la primera fase de inscripción, que finalizará a las 23:59 h. del 3 de junio de 2022, los participantes presentarán su trabajo subiendo una fotografía en formato JPG inferior a 5MB, y en la que aparezca, junto a la misma, un objeto que marque la escala correspondiente, a través de la página web www.mundoarti.com. Además deberán adjuntar un documento PDF con una memoria descriptiva del proyecto.

En el formulario de inscripción habilitado a tal efecto, se cumplimentarán todos los apartados referentes a los datos personales del autor: nombre, apellidos, dirección, teléfono, etc., y se adjuntará un breve currículo del artista.

Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que se señalan, se requerirá al interesado/a para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada a tal efecto. Dicho requerimiento se realizará en la forma establecida en el artículo 13 de la convocatoria.

La segunda fase comenzará después de que, analizadas las inscripciones, el jurado haga una selección. Los seleccionados, una vez informados, deberán entregar la maqueta, hasta el 8 de julio de 2022, en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado (Avda. Europa 31, 23600 Martos, Jaén). Las obras serán entregadas personalmente, mediante mandatario o por agencia de transportes, debidamente embaladas y, aquellas que los precisen, a portes pagados. Se hará constar la bienal en el que participa.

Además, deberán entregar Declaración responsable (Anexo I - DESCARGAR AQUÍ) en la que el interesado manifiesta que:

    • No está incurso en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.
    • La obra presentada es original e inédita y no ha sido premiada con anterioridad en otra bienal, concurso o certamen.
    • Acepta las presentes bases o normas reguladoras.
    • Autoriza la publicación de la obra en el caso de resultar premiada.

 

Artículo 5.- Publicidad de las bases.

La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de las mismas al BOP, y en la página web municipal  www.martos.es.

 

Artículo 6.- Jurado.

El jurado estará compuesto, como mínimo, por tres miembros, entre los que se encontrará el presidente, designados por el Excmo. Ayuntamiento de Martos y relacionados con las artes plásticas. Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un técnico de la Concejalía de Cultura.

La composición del jurado se publicará, previa resolución de la Junta de Gobierno Local, en el BOP y en la página web municipal https://www.martos.es/.

El funcionamiento del Jurado se regirá por lo dispuesto en la sección tercera del Capítulo II Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Jurado, una vez valorados los textos presentados, formulará propuesta de concesión con arreglo a los criterios de adjudicación contenidos en esta convocatoria.

El jurado está autorizado para resolver cualquier problema que se genere, esté contemplado o no en las bases, tendrá competencia y autoridad para resolver los conflictos e imprevistos.

El jurado tomará acuerdos por mayoría de votos, debiendo constar en todos los acuerdos que tome actas elaboradas al efecto, y su fallo será inapelable, igualmente se reserva el derecho a declarar desiertos todos o algunos de los premios, si las solicitudes presentadas no reunieran a su criterio los méritos suficientes, así como a darlos a título póstumo.

 

Artículo 7.- Criterios de valoración.

El Jurado se reunirá para efectuar una revisión y evaluación de cada una de las obras presentadas, para lo que se tendrán en cuenta los siguientes criterios o indicadores de valoración:

  • Calidad artística del trabajo.
  • Innovación y originalidad de la obra.
  • Técnica escultórica utilizada.
  • Fuerza expresiva de la obra.
  • Creatividad del autor.
  • Materiales empleados.

 

Artículo 8.- Fallo del jurado.

El jurado formulará una propuesta de concesión o fallo, del cual levantará la correspondiente acta, la cual será firmada por todos sus miembros, con arreglo a los criterios de valoración contenidos en el artículo 7 de la presente convocatoria. Dicho fallo se producirá, como fecha máxima, el día 25 de julio de 2022.

La propuesta de concesión o fallo del Jurado se elevará a la Concejal Delegada de Cultura, para que ésta proceda a elevarlo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Martos para su concesión, todo ello dentro de los 15 días hábiles siguientes a la formulación de la propuesta de concesión o fallo del jurado. El fallo se hará público el 1 de agosto de 2022.

La propuesta de concesión del premio a la Junta de Gobierno Local deberá de adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación:

  • Acta del jurado de la propuesta de concesión o fallo de la bienal.
  • Propuesta de la Concejal Delegada de Cultura sobre la concesión de la bienal.
  • Certificados actualizados del participante, que vaya a obtener la condición de beneficiario del premio de la bienal, en el que acredite que se encuentra al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal, Agencia Tributaria Andaluza, Ayuntamiento de Martos y Seguridad Social.

El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la concesión del premio será publicado, antes del 12 de agosto de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Portal de Transparencia.

 

Artículo 9.- Obligaciones del beneficiario del premio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.e) de la LGS, antes de adoptarse acuerdo de concesión por parte de la Junta de Gobierno Local, el participante que resulte premiado deberá acreditar que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no ser deudor al Ayuntamiento de Martos por cualquier concepto. Para ello, una vez levantada el acta del Jurado de la propuesta de concesión o fallo de la bienal, la concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos se pondrá en contacto con el beneficiario propuesto para que, obligatoriamente, en el plazo máximo de cinco días, acredite dichos extremos.

 

Artículo 10.- Dotación económica del premio.

Se establece para la obra que resulte ganadora un premio único de 6.000 euros y diploma. A dicho premio se le aplicará la correspondiente deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la legislación vigente. Con dicho premio el autor se compromete a ajustar, proyectual y estructuralmente para su ejecución e instalación, la maqueta presentada a tamaño real, en el espacio designado la escultura premiada. Se llevarán a cabo dos pagos, 1.000 euros en el momento de entrega del premio y 5.000 euros cuando la escultura premiada, a tamaño real, se encuentre colocada en la ubicación designada por la organización de la bienal. La ubicación de la escultura será la rotonda junto al Centro de Salud de Martos, en la Avda. Príncipe Felipe.

El premio, que será pagado mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el premiado, será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 3300.489.00 denominada Premios y Certámenes Culturales del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Martos para 2022.

Las cuantías económicas de este premio son compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que pudieran serle concedidos al beneficiario después de la concesión de este premio.

La maqueta premiada y la selección llevada a cabo, formarán parte de una exposición en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado, del 12 al 31 de agosto de 2022, no pudiendo retirarse dichas obras seleccionadas hasta el 12 de septiembre de 2022.

La obra galardonada pasará a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Martos, formando parte de su patrimonio y reservándose todos los derechos sobre la misma, incluidos los de reproducción, edición y exhibición, citando siempre el nombre del autor/a y ateniéndose en todo caso a lo que disponga la Ley de Propiedad Intelectual. El trabajo premiado será publicado en el número 50 de la revista Aldaba, editada por el Excmo. Ayuntamiento de Martos.

Las fotografías de las obras, seleccionadas o no, serán eliminadas de los ficheros del Excmo. Ayuntamiento de Martos, una vez producido el fallo, a fin de garantizar los derechos de los autores sobre la originalidad de las mismas.

La justificación de la subvención se acreditará mediante el abono del premio, el cual se realizará dividiendo su importe total en dos momentos distintos; en un primer paso, con la entrega de 1.000 euros del importe total del premio al beneficiario, la cual tendrá lugar en Martos, el día 12 de agosto de 2022, en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado, aceptando el ganador de la bienal el compromiso de asistir a la ceremonia de entrega, siempre y cuando su residencia esté en España. Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de la persona premiada. En caso de no asistir, seguirá ostentando la condición de ganador pero no tendrá derecho a recibir el importe económico del premio.

En el caso de que el premiado asista a la ceremonia de entrega referida en el párrafo anterior, éste tendrá derecho a la percepción del segundo pago, el cual se corresponde, con los 5.000 euros que restan del total del premio, los cuales se pagarán, previo informe del Área de Cultura, cuando la escultura premiada, a tamaño real, sea entregada, lo cual deberá de producirse obligatoriamente antes del 30 de noviembre de 2022, para su posterior colocación en los siguientes días. Los gastos derivados de su transporte correrán a cargo del autor.

El Excmo. Ayuntamiento de Martos asumirá los gastos de adecuación del entorno, como propietario del suelo en el que se ubicará.

A efectos de la justificación del premio será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la LGS, esto es, que por otorgarse el premio en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.

           

Artículo 11.- Órgano competente.

El órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria es la Junta de Gobierno Local.

 

Artículo 12.- Aceptación de las bases.

El hecho de participar en esta bienal supone, por parte de los autores, la conformidad absoluta con las presentes bases.

 

Artículo 13.- Medios de notificación y publicación.

Los actos que deban notificarse se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Martos, www.martos.es, y en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Artículo 14.- Normas finales.

El Excmo. Ayuntamiento de Martos se inhibe de toda responsabilidad por desperfectos o extravíos de los trabajos presentados a la bienal y enviados al resultar seleccionados en la segunda fase, así como de los daños que puedan sufrir durante el tiempo que estén bajo su custodia y de los riesgos de robo, incendio y otra naturaleza.

 

Artículo 15.- Protección de datos personales.

En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se informa a los participantes que sus datos personales, así como las fotografías del acto de entrega, se incorporan a un fichero del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos para la gestión y el desarrollo de la bienal, además de mantenerle informado sobre futuras convocatorias. La participación en la bienal supone la aceptación de estas bases y la presentación del consentimiento para el tratamiento de sus datos con los fines antes indicados, así como para recibir información del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos por medios electrónicos. Para oponerse a este tratamiento, así como para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, puede contactar con martoscultural@martos.es.

 

Artículo 16.- Régimen jurídico.

En lo no previsto por la presente convocatoria, será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley citada, por las Bases de Ejecución del Presupuesto de Ayuntamiento de Martos y con carácter supletorio por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

                                                                                         

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