VI CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE "VILLA DE SAX" 2021
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Bases
VI CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE "VILLA DE SAX" 2021
PRIMERO. Objeto
Este certamen tiene por objeto fomentar la creación literaria y el conocimiento de la literatura, para lo cual se premiará el esfuerzo y la calidad de las obras narrativas breves que se presenten de acuerdo con las normas que se especifican en las siguientes bases.
El premio se otorgará en régimen de concurrencia competitiva.
SEGUNDO. Premio
La dotación económica de la subvención prevista asciende a la cantidad de 1.000,00 €, que se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 3342.48203 del presupuesto general del Ayuntamiento de Sax, con destino al premio que sea concedido por el Jurado del VI Certamen Literario de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2021, siendo el órgano competente para resolver la Junta de Gobierno Local.
Se establece el siguiente premio:
Premio de 1.000,00 € al mejor relato breve y publicación de la obra ganadora en las ediciones de la revista El Castillo de Sax y de la Revista de Fiestas de Moros y Cristianos inmediatamente posteriores al fallo del premio.
El titular de la obra premiada autoriza al Ayuntamiento de Sax y a la plataforma web utilizada para la organización del premio que haga uso de ella mediante su adecuada difusión y distribución, haciendo constar el nombre de su autor o autora en todo momento.
El autor o autora de la obra premiada deberá asistir al acto de entrega del premio y realizar en él la lectura del relato galardonado, quien podrá nombrar a un representante. La incomparecencia al mismo implicará la no entrega del premio, pero no supondrá que la obra deje de estar premiada y, por tanto, el Ayuntamiento de Sax seguirá teniendo la autorización del propietario de la misma para su difusión y distribución.
El premio podrá declararse desierto si así lo considera el Jurado.
TERCERO. Las obras y su presentación
A. Obras
Podrán concurrir a este certamen cuantos escritores y escritoras lo deseen, cuyas obras, escritas en castellano, sean originales, inéditas y no galardonadas en otros certámenes o concursos.
Cada participante sólo podrá presentar una obra, que habrá de atender a los siguientes requisitos:
- Temática libre.
- Extensión mínima de cinco páginas y máxima de diez (tamaño DIN-A4), por una sola cara y numeradas.
- Mecanografiadas en formato WORD, con letra Times New Roman, tamaño de fuente de 12 puntos y espacio interlineal de 2.
Cualquier obra presentada que no se ajuste a la extensión y formato de presentación será desestimada por el Jurado.
B. Presentación
Estas obras se presentarán en PDF de tamaño máximo 5M a través de www.mundoarti.com. Adjuntando al formulario una Fotocopia escaneada de su DNI o pasaporte y una declaración expresa y responsable (ANEXO I DESCARGAR AQUÍ), firmada, garantizando la autoría y originalidad de la obra presentada (sólo lo pediría al ganador).
Por el hecho de concurrir al certamen los autores o autoras aceptan estas bases y se comprometen a no retirar su obra una vez enviada, debiendo mantenerla en el concurso hasta que se produzca el fallo del Jurado.
C. Plazo de presentación de las obras
El plazo de presentación de las obras será de TREINTA DÍAS hábiles, a partir del 30 de junio hasta el 10 de agosto de 2021 a las 23:59 horas (hora española peninsular).
CUARTO. Jurado
El Jurado será nombrado por resolución municipal de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sax y estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: D. Francisco Chico Rico, Catedrático de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada de la Universidad de Alicante.
Vocales: Cinco especialistas de reconocido prestigio académico, literario y/o cultural.
Secretario: Un funcionario o funcionaria municipal.
El Jurado se constituirá en su primera reunión y se reunirá tantas veces como sea necesario para la selección de la obra ganadora.
Hasta el momento del fallo, el Secretario custodiará la documentación y los datos de los autores que presenten su obra al V Certamen Literario de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2020.
En caso de empate en la votación, se decidirá con el voto de calidad del Presidente.
El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta de premio que corresponda otorgar.
El Jurado emitirá el fallo a lo largo de la primera quincena del mes de septiembre de 2020, fallo que se hará público a través de los medios de difusión local, así como en la web del Ayuntamiento de Sax y sus redes sociales.
Paralelamente, e inmediatamente después de la deliberación del Jurado, se comunicará el premio otorgado por teléfono y/o correo electrónico al ganador o ganadora del certamen.
Las decisiones del Jurado serán, en todo caso, inapelables. Los concursantes, por el mero hecho de participar en este certamen, renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquél.
El premio se entregará en un acto público que se celebrará a partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 2020.
QUINTO. Criterios de valoración y puntuación máxima
1. Originalidad temática .......................................................................................................... 30
2. Estructuración formal .......................................................................................................... 30
3. Lenguaje literario y estilo ................................................................................................... 20
4. Efectividad estética (capacidad de producir efectos estéticos en el receptor)..................... 20
SEXTO. Obligaciones del beneficiario del premio
El solicitante premiado vendrá obligado a:
- Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención del Ayuntamiento de Sax.
- Comunicar al Ayuntamiento de Sax cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
- Presentar:
- Fotocopia del DNI o documento fiscal identificativo.
- Datos del solicitante: domicilio social, código postal y teléfono.
- Datos bancarios del solicitante: nombre, sucursal y número de cuenta, según modelo https://www.sax.es/webfm_send/1614.
- Declaración responsable expedida por el solicitante indicando que no se dispone de ninguna otra subvención para financiar la obra en cuestión (o, en caso contrario, detallando las subvenciones que se hayan solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicas o privadas), que no incurre en ninguna de las causas establecidas en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la solicitud (ANEXO II DESCARGAR AQUÍ).
SÉPTIMO. Procedimiento de concesión
Vistas las obras presentadas al V Certamen de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2021, y habiendo fallado el Jurado el premio, se emitirá propuesta de resolución por la Concejalía de Cultura como órgano instructor a la Junta de Gobierno Local como órgano de aprobación de la concesión del citado premio.
Previamente a la formulación de la propuesta de resolución, el órgano instructor comprobará que los beneficiarios cumplen el requisito establecido en el apartado 8 de las presentes bases.
La resolución de la convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local y será motivada sobre la base de los criterios de evaluación establecidos en estas bases; dicha resolución contendrá la relación de la obra a la que se le ha concedido el premio y su cuantía, así como la de los que se tiene por desistidos de su solicitud y el motivo de la denegación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la convocatoria será de seis meses a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitimará a los interesados para entender desestimadas por silencio administrativo las solicitudes presentadas.
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y se notificará a los solicitantes conforme a los Arts. 40 al 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
OCTAVO. Publicidad de las subvenciones concedidas
La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones.
Para lo no regulado en estas bases se aplicará lo estimado en la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y de Reglamento de Desarrollo.
NOVENO. Otras disposiciones
Cualquier extremo no previsto en estas bases o duda sobre la interpretación de las mismas serán resueltos por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sax, de acuerdo con el Jurado nombrado al efecto.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la resolución de estas ayudas podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.
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