PREMIO MALLORCA DE FOTOGRAFÍA CONTEMPORÁNEA 2023
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Bases
CONVOCATORIA DEL PREMIO MALLORCA DE FOTOGRAFÍA CONTEMPORÁNEA 2023
1. Objeto y finalidad
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023, en régimen de concurrencia competitiva.
La finalidad de esta convocatoria es dar un reconocimiento a la obra de los autores de fotografía contemporánea que se presenten a este premio mediante una aportación económica.
Este reconocimiento supone un estímulo a la creación artística en materia de fotografía contemporánea, fomentando la creación en esta disciplina artística.
2. Aceptación e interpretación de las normas que rigen el premio
El hecho de presentar un proyecto al Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023 implica la aceptación de las normas de esta convocatoria.
El órgano instructor tiene la facultad de interpretar esta convocatoria, a propuesta del jurado.
3. Régimen jurídico
La concesión del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023 se hará mediante procedimiento de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas en plazo que cumplan los requisitos para acceder.
4. Premio
«El premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023, instituido por el Consell de Mallorca, está dotado con 8.000,00 €, para el proyecto ganador con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2023.
El fotógrafo / a ganador / a cederá, sin ningún tipo de contraprestación económica, al Consell de Mallorca, los derechos de reproducción, exposición, edición y distribución del proyecto premiado en cualquier apoyo, formato o medio para actividades y publicaciones de la misma institución sin limitación temporal.
Además, posteriormente, el Consell de Mallorca, a través de la Dirección Insular de Cultura organizará y producirá una exposición del proyecto premiado, la cual formará parte del programa de actividades y exposiciones de la citada Dirección Insular de Cultura. La exposición tendrá lugar en un espacio expositivo del Consell de Mallorca antes de que finalice en 2023.
La dirección técnica y la producción de la exposición se ejecutarán desde la Dirección Insular de Cultura en todo lo referente a la contracción y a la selección de proveedores. El comisariado y la coordinación irán a cargo de los técnicos del Archivo del Sonido y de la Imagen de Mallorca.
Una vez acabada la exposición, un máximo de tres obras fotográficas de las que se han producido para la muestra, pasarán a formar parte del Fondo de Arte Contemporáneo del Consell de Mallorca.
Por otro lado, el proyecto premiado será incluido en la edición y distribución de las obras ganadoras de los Premios Mallorca para la promoción de las obras y los autores. Así también, el Consell de Mallorca editará el proyecto ganador del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023 y hará promoción a través de la editorial a quien se haya adjudicado este encargo por concurso público.
5. Requisitos y condiciones de participación
Pueden participar en esta convocatoria de premios las personas físicas que cumplan los requisitos siguientes:
• Que presenten su solicitud de participación en plazo.
• Que no incurran en las causas de prohibición establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.
• La persona ganadora, para poder recibir el premio, tendrá que acreditar que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y con las obligaciones tributarias del Consell de Mallorca.
• Que el proyecto presentado cumpla todos los requisitos y condiciones de presentación establecidos a esta convocatoria.
• Los proyectos que se presentan no se tienen que haber subvencionado, premiado o becado en otro certamen.
• Los proyectos que se presenten tampoco pueden haber sido editados íntegramente (como libro / catálogo) o expuesto, en su totalidad, en un espacio público o privado.
• Los proyectos se tienen que presentar en un único documento en formato PDF y tiene que incluir los siguientes elementos:
1. Un currículum profesional y artístico del autor / a.
2. El proyecto fotográfico que tiene que incluir el título, una sinopsis conceptual, y cualquier otra información, documento o material relevante que defina el proyecto.
3. Un portfolio con las fotografías que conforman el proyecto. El número de imágenes no tendrá que ser menor de 15; en todo caso se tendría que justificar un número inferior.
4. Un segundo portfolio con no menos de 30 imágenes otros proyectos o series del fotógrafo.
• Las obras presentadas que no se adapten a las condiciones anteriores serán excluidas.
6. Presentación y envío de proyectos
Los proyectos se tienen que presentar en el plazo de 60 días naturales contadores del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se tienen que enviar en el formato y con el contenido tal como se recoge en el apartado 5 por medio del enlace que se habilitará en el web https://web.conselldemallorca.cat/ca/asim, y se tiene que rellenar con los datos personales el formulario correspondiente.
7. Entidad colaboradora
La empresa Mundoarti Global, SL, actuará como entidad colaboradora en la convocatoria del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2023, de acuerdo con aquello que establecen los artículos 11 y 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, en cuanto a la recepción y gestión de las obras que opten a los premios objete de esta convocatoria.
8. Jurado y concesión del premio
El jurado del premio está formado por 4 miembros de reconocido prestigio dentro del ámbito de la fotografía contemporánea. Una persona del Archivo del Sonido y de la Imagen actuará como secretario, con voz y sin voto.
Miembros del jurado
• Horacio Fernández, o la persona que la sustituya.
• Joan Oliver, o la persona que lo sustituya.
• Imma Prieto, o la persona que lo sustituya.
• Silvia Prió, o la persona que lo sustituya.
Secretario
• Pau Pérez-Villegas, o la persona que lo sustituya.
El jurado, excluirá las obras presentadas que no cumplan los requisitos establecidos a los puntos 5 y 6 de esta convocatoria.
9. Criterios de valoración
Los criterios de valoración que tendrá en cuenta el jurado de los proyectos presentados son los siguientes:
• La solidez y el carácter innovador del proyecto.
• La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal.
• La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea.
• El jurado valorará el currículum y la trayectoria del autor / a.
La puntuación máxima que puede tener proyecto será de 100 puntos. Los cuales se ponderan según se señala a continuación:
1. La solidez y el carácter innovador del proyecto. (Máximo 35 puntos)
2. La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal. (Máximo 35 puntos)
3. La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea. (Máximo 20 puntos)
4. El currículum y trayectoria del autor / a. (Máximo 10 puntos). Se concederán:
a. 4 puntos a los artistas de trayectoria emergente.
b. 8 puntos a los artistas de trayectoria emergente y una proyección nacional consolidada.
c. 10 puntos a los artistas con una proyección nacional e internacional consolidada.
Los miembros del jurado, de manera individual, valorarán y puntuarán todos los proyectos presentados. Una vez puntuados, se hará una preselección de los proyectos que hayan llegado o superado la puntuación de 70 puntos.
Los miembros del jurado, conjuntamente, volverán a valorar y puntuar los proyectos preseleccionados. De esta última votación saldrá el proyecto ganador.
10. Concesión del premio
El premio se otorga al proyecto mejor considerado, a criterio del jurado.
Sin embargo, si el jurado cree, también por unanimidad, que ninguno de los proyectos no logra la calidad mínima para ser galardonado, el premio quedará desierto.
Cuando el jurado decida el proyecto ganador, emitirá un informe sobre la reunión y las valoraciones, y propondrá a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística la concesión del premio.
El veredicto, que es inapelable, se hará público en un acto de entrega que tendrá lugar antes de día 31 diciembre de 2023. La persona ganadora se compromete a ser presente al acto de entrega del Premio.
El importe del premio se abonará en un solo ingreso en una cuenta bancaria a nombre de la persona ganadora.
11. Normativa
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca y de los organismos autónomos que dependen publicada en el BOIB n.º 21 de 18 de febrero de 2017, modificada por acuerdo del Pleno de fecha 14 de junio de 2018 y aprobación definitiva de 1 de agosto de 2018 (BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018).
12. Instrucción y resolución del procedimiento
El órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria es la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. El órgano instructor es el Secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística.
La resolución venderá determinada por la valoración hecha por el jurado.
El incumplimiento no enmendable de cualquier requisito establecido en esta convocatoria o el hecho de incurrir en alguno de los supuestos aplicables en función de la naturaleza de estos premios, previstos en el artículo 56 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, provoca la revocación de la concesión y, consiguientemente, el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas. Del mismo modo, el acuerdo de concesión se puede modificar en los casos en que se alteren las condiciones o se obtengan ayudas concurrentes.
La resolución se notificará a la persona premiada. Así mismo se informará al resto de participantes del resultado.
Una vez resuelto el procedimiento se requerirá a la persona ganadora que aporte la información bancaria para tramitar el pago correspondiente.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento es de 3 meses, contadores a partir del día que acaba el plazo de presentación de las solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado la resolución, se entienden desestimadas todas las solicitudes.
13. Recursos
1. Contra la aprobación de esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente a su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación exprés de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de alzada.
Si una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución exprés, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. Contra la resolución de concesión de esta convocatoria que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente a su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante lo la consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación exprés de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de alzada.
Si una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución exprés, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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